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Retos en la evaluación de biocompatibilidad en dispositivos médicos


QFI. Israel Aguilar Carmona


Retos en la evaluación de biocompatibilidad en dispositivos médicos

Previo a comentar los retos en la regulación de dispositivos médicos, conviene revisar las particularidades que hacen especial a estos insumos para la salud.

La regulación en dispositivos médicos es aún joven, recién en 2006 se emite el Suplemento de Dispositivos Médicos de la FEUM que actualmente está en su cuarta edición publicada en 2017, en el cual se integraron las monografías y métodos para la evaluación de la calidad de los dispositivos médicos.

De acuerdo a la NOM-241 Buenas prácticas de fabricación para establecimientos dedicados a la fabricación de dispositivos médicos. Los dispositivos médicos se definen como: Todo instrumento, aparato, utensilio, máquina, incluido el software para su funcionamiento, producto o material implantable, agente de diagnóstico, material, sustancia o producto similar, para ser empleado, solo o en combinación, directa o indirectamente con seres humanos.





Esta clasificación indica que un dispositivo médico pueda considerado desde una gasa hasta una máquina de resonancia magnética nuclear, por lo que las pruebas requeridas serán muy variadas a diferencia de los medicamentos donde el abanico es menos amplio.

Particularmente comentaremos desde la experiencia de un laboratorio tercero autorizado, los Laboratorios de Especialidades Inmunológicas sobre los dispositivos médicos que requieren pruebas de biocompatibilidad.




El artículo 262 de la ley general de salud, considera 6 categorías en donde se establece que un dispositivo médico puede ser:

• Equipo médico
• Prótesis, órtesis, y ayudas funcionales
• Agentes de diagnóstico
• Insumos de uso odontológico
• Materiales quirúrgicos y de curación
• Productos higiénicos

 
Aunado a lo anterior, los dispositivos médicos se clasifican de acuerdo a su riesgo sanitario en tres clases de acuerdo al Suplemento de Dispositivos Médicos de la FEUM y la NOM-241-SSA1-2012

Clase I
: Insumos conocidos en la práctica médica y que su seguridad y eficacia están comprobadas y, generalmente, no se introducen al organismo.

Clase II: Aquellos insumos conocidos en la práctica médica y que pueden tener variaciones en el material con el que están elaborados o en su concentración y, generalmente, se introducen al organismo permaneciendo menos de treinta días.
Clase III: Aquellos insumos recientemente aceptados en la práctica médica, o bien que se introducen al organismo y permanecen en él por más de treinta días.

De acuerdo al nivel de riesgo, la autoridad sanitaria podrá solicitar pruebas de biocompatibilidad que, según el Suplemento de Dispositivos Médicos de la FEUM (SDMFEUM), se define como: la tendencia de los dispositivos médicos para permanecer inertes biológicamente durante la permanencia de su contacto con el organismo.

Las pruebas de biocompatibilidad están diseñadas para detectar las características físicas o químicas inespecíficas, biológicamente reactivas, de los dispositivos médicos o los materiales utilizados en su construcción.

Es decir, las pruebas de biocompatibilidad son necesarias para comprobar que el o los materiales usados no presentarán reacciones adversas al estar en contacto o ser introducidos al organismo. Estas pruebas tienen su origen en las Normas ISO 10993 Biological Evaluation Of Medical Devices en sus diferentes partes (22 en total), cada una de ellas contiene información específica de las pruebas o productos a ser evaluados. En su parte 1 se aborda la evaluación de las pruebas con base a una gestión de riesgos, dicha norma comprende diversas consideraciones que deben evaluarse previo a la realización de las pruebas de biocompatibilidad como pueden ser, el tipo de material, intención de uso, si el material es nuevo en el mercado, el proceso de fabricación, etc.

Las pruebas requeridas para demostrar biocompatibilidad dependen del tiempo de contacto con el organismo y la naturaleza de la superficie (piel intacta, piel dañada, contacto directo con sangre, implantación, etc.) Según las diferentes normativas las pruebas que pueden realizarse son:

• Citotoxicidad
• Irritabilidad
• Sensibilización
• Irritabilidad dérmica
• Reactividad intracutánea
• Inyección sistémica
• Toxicidad
• Toxicidad sistémica aguda en ratón
• Implante
• Pirógenos y endotoxinas
• Genotoxicidad: reversión de mutación, aberraciones cromosómicas, estudios de micronúcleos en hueso delgado de ratón
• Toxicidad subcrónica de cuatro semanas, e implante

De las pruebas mencionadas, las que corresponden a la combinación más simple (piel intacta-menos de 24 horas de contacto) requiere de las pruebas citotoxicidad, sensibilización e irritabilidad.

Consideraciones en la elección de pruebas por tipo de producto

Es importante definir ¿qué es un dispositivo médico según las normativas internacionales?

“ISO 13485 A medical device is a product, such as an instrument, machine, implant or in vitro reagent that is intended for use in the diagnosis, prevention and treatment of diseases or other medical conditions.”

Un dispositivo médico es un producto, como un instrumento, máquina, implante o reactivo in vitro, destinado a ser utilizado en el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades u otras afecciones médicas.

Esta definición nos indica, de manera general, el tipo de producto que debe ser analizado bajo estas metodologías, la USP en su capítulo general <1031> THE BIOCOMPATIBILITY OF MATERIALS USED IN DRUG CONTAINERS, MEDICAL DEVICES, AND IMPLANTS, nos delimita un poco más el tipo de productos a ser analizados, donde se consideran, envases de fármacos, implantes y dispositivos médicos, en estos últimos la USP indica que “Los productos enumerados en este capítulo que cumplen con los criterios son los conjuntos de administración de soluciones, los conjuntos de extensión, los conjuntos de transferencia, los conjuntos de administración de sangre, los catéteres intravenosos, los dializadores y los tubos y accesorios de diálisis, los conjuntos de transfusión e infusión y los catéteres de administración intramuscular de medicamentos. Los criterios descritos no se aplican a productos médicos como productos ortopédicos, guantes de látex y apósitos para heridas”.

Este último punto es crucial, ya que la legislación mexicana no hace diferencia entre los diferentes productos para la solicitud de estudios de biocompatibilidad.

Tanto la USP como la Norma ISO dirigen las normativas a productos que esencialmente son inertes, como son plásticos, metales, cerámicos y polímeros, sin considerar a otros productos que, si bien pueden ser considerados dispositivos médicos, no necesariamente podrán ser analizados en todas las pruebas descritas en la ISO, USP o SDMFEUM. Esto debido a su propia naturaleza física y química, donde un resultado adverso no necesariamente indica un riesgo a la seguridad y salud del consumidor final.




Algunos productos a los que se ha requerido realizar pruebas de biocompatibilidad en los LEI y que entran en conflicto con la naturaleza del producto son:













Debido a lo anterior, es posible que no todas las pruebas indicadas en el Suplemento de Dispositivos Médicos de la FEUM sean aplicables a todos los insumos para la salud clasificados como Dispositivos Médicos, por lo que su evaluación debe ser analizada caso por caso. Al momento de someter la documentación para obtener el registro sanitario, es importante justificar la no realización de una prueba de manera científica, para evitar retrasos en el trámite, gastos innecesarios y sufrimiento injustificado de los animales de experimentación.


Bibliografía

1. NOM-241-SSA1-2012, Buenas prácticas de fabricación para establecimientos dedicados a la fabricación de dispositivos médicos.
2. Ley General de Salud
3. Suplemento de Dispositivos Médicos de la FEUM 4ta Ed. 2017
4. ISO 13485 A medical device is a product, such as an instrument, machine, implant or in vitro reagent that is intended for use in the diagnosis, prevention and treatment of diseases or other medical conditions
5. ISO 10993 Biological Evaluation Of Medical Devices
6. USP 42/NF37 2019





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